La doble nacionalidad

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Hablemos de la doble nacionalidad (y de tener dos nacionalidades, que no es lo mismo aunque lo parezca)

¿Qué es la doble nacionalidad?

Este es un tema complejo, ya que las leyes que lo regulan van cambiando con el tiempo, surgiendo igualmente nuevos acuerdos por los cuales se posibilita la doble nacionalidad entre países que quizás anteriormente no gozaban de esta posibilidad. Pero antes de seguir hay que hacer un apunte: NO es lo mismo tener dos nacionalidades que tener doble nacionalidad.

Sí, ya sé que leído pragmáticamente tener doble nacionalidad y tener dos nacionalidades puede parecer lo mismo, pero no lo es a efectos jurídicos, así que voy a explicar las diferencias:

  • Dos nacionalidades. Se poseen dos nacionalidades cuando se es ciudadano de dos países diferentes y se tiene la nacionalidad de ambos, sin que haya ningún tipo de acuerdo de doble nacionalidad entre los dos estados.
  • Doble nacionalidad. Se posee la doble nacionalidad cuando además de ser ciudadano de dos países diferentes y de poseer las dos nacionalidades, además existen acuerdos de doble nacionalidad entre los dos estados.

¿Qué implicaciones tiene poseer una doble nacionalidad?

Ahora que ya tenemos claro que la diferencia entre dos nacionalidades y doble nacionalidad radica en la existencia o no de acuerdos legales y jurídicos entre los dos países implicados, podemos dejar claros varios puntos cuando se goza de la situación de doble nacionalidad:

  • Una persona con doble nacionalidad es al mismo tiempo nacional de los dos países, gozando de la plena condición jurídica de nacional de ambos Estados.
  • Estas personas no deben estar sometidas simultáneamente a las legislaciones de ambos países sino que, por el contrario, se suele dar prioridad a una de las dos nacionalidades.
  • Dichos mecanismos de prioridad dependerán del acuerdo de doble nacionalidad concreto, pero generalmente el estado de residencia suele ser el que se elije como prioritario.
  • Esta prioridad de nacionalidad tendrá efecto en cuanto a cuestiones como el otorgamiento de pasaporte, la protección diplomática, el ejercicio de los derechos civiles y políticos, los derechos de trabajo y de seguridad social y las obligaciones militares.

¿Con que países tiene acuerdo de doble nacionalidad España?

España tiene acuerdos de doble nacionalidad con todos los países iberoamericanos, además de con Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.

¿Entonces no es posible tener doble nacionalidad Española / Alemana?

No existe acuerdo, por lo que no, no se puede, pero sí se puede tener las dos nacionalidades, en el caso de que uno de tus progenitores sea español y el otro alemán (explicado a continuación), o en caso de que siendo Español solicites la nacionalidad Alemana (explicado también a continuación). En el caso contrario (es decir, si eres alemán y quieres acceder a la nacionalidad española), no es posible obtener las dos nacionalidades puesto que para concederte la española te exigirán un documento de renuncia de la nacionalidad alemana.

¿Qué nacionalidad o nacionalidades tiene mi hijo si nace aquí en Alemania?

Esta es una de las grandes dudas que suelen tener los emigrantes con respecto a sus hijos, así que voy a intentar explicar un poco este tema ya que existen dos conceptos, la «nacionalidad por nacimiento» y la «nacionalidad por lugar de nacimiento».

La «nacionalidad por nacimiento» es ni más ni menos que la nacionalidad que tenemos cuando venimos al mundo, la cual es válida «para toda la vida» y no puede quitarse ni eliminarse a no ser que se den casos legales muy concretos. Así que en este caso, cuando un niño viene al mundo y alguno de sus progenitores tiene la nacionalidad española, entonces el niño automáticamente será español. Esto es así nazca el niño en España, Alemania o cualquier otro lugar del ancho mundo. Con respecto a la nacionalidad alemana ocurre exactamente lo mismo, cuando uno de los progenitores es alemán, el niño tendrá la nacionalidad alemana nazca donde nazca el niño y para toda su vida.

Por lo cual queridos amigos emigrantes, si tenéis un hijo aquí en Alemania, ya sea con una pareja española, alemana o de Mozambique, vuestro nuevo retoño tendrá la nacionalidad española, una vez lo registréis adecuadamente en el consulado español. Igualmente, por esta regla de tres, el niño además de la nacionalidad española tendrá la alemana si vuestra pareja es alemana, por lo cual aquí tenemos el primer caso de dos nacionalidades: por derecho de nacimiento.

En cuanto a la «nacionalidad por lugar de nacimiento», la ley alemana establece que cualquier niño nacido en esta tierra puede optar a la nacionalidad alemana aunque los padres no la tengan, siempre y cuando alguno de sus padres lleve residiendo de forma legal en Alemania al menos 8 años.

¿Es posible que un emigrante español en Alemania acceda a la nacionalidad de este país sin renunciar a la española?

Sí, es posible, se pueden tener las dos nacionalidades, tan solo hay que cumplir ciertos requisitos para poder pedir la nacionalidad alemana, que os detallo a continuación:

  • Estar residiendo en Alemania en la actualidad por un periodo mínimo de 3 años y además estás casado con un alemán o alemana o bien…
  • Estar residiendo en Alemania en la actualidad por un periodo mínimo de 6 años y además demostrar una especial integración en el país (como realizar estudios universitarios aquí, realizar voluntariados, etc) o bien…
  • Estar residiendo en Alemania en la actualidad por un periodo mínimo de 7 años y además hacer el curso de integración o bien…
  • Estar residiendo en Alemania en la actualidad por un periodo mínimo de 8 años.
  • Tener la residencia permanente en el país (los europeos directamente ya tenemos dicho permiso).
  • Ser mayor de 16 años.
  • Tener los recursos económicos suficientes para valerte por ti mismo.
  • No estar cobrando la ayuda social Hartz IV a no ser que se demuestre que es imperativo hacerlo y que se está tratando por todos los medios el no cobrarla. Otras ayudas como el Wohngeld, el paro, etc. no constituyen un problema a la hora de solicitar la nacionalidad.
  • No tener antecedentes penales.
  • Perder la nacionalidad de origen. Esto NO es necesario para los provenientes de algún país miembro de la UE, pero dependerá de cada país el trámite concreto que habrá que realizar para no perderla (si es que es posible).
  • Demostrar unos conocimientos mínimos del alemán, en concreto hace falta un nivel mínimo de B1, habiendo aprobado por supuesto el correspondiente examen que lo certifique.
  • Aprobar el examen Einbürgerungstest, que no es ni más ni menos que un cuestionario tipo test con preguntas de política, historia y sociedad alemanas. Si has hecho un curso de integración Integrationskurs por la VHS seguro que te suena, ya que a su término siempre te recomiendan que hagas el llamado Orientierungskurs, es decir, el curso que te prepara para dicho examen. Si renuncias a hacer el curso, entonces puedes presentarte al examen por libre.

Si conseguimos cumplir todos estos requisitos estaremos en disposición de obtener la nacionalidad Alemana, gracias a los acuerdos europeos de reciprocidad, pero cuidado, que una vez obtenida deberéis comunicar a España que NO renunciáis a la nacionalidad española antes de que transcurran tres años desde que obtuvisteis vuestra nacionalidad alemana.

¿Y que hago para no renunciar a la nacionalidad española?

De nuevo un poco más de burocracia. Para decirle a España que queremos seguir siendo españoles, deberemos acudir al Registro Civil en España o bien a la Embajada y entregar la siguiente documentación:

  • Partida de nacimiento literal
  • El nuevo documento nacional de identidad adquirido, es decir, el alemán.
  • El certificado de nacionalidad alemán.
  • Pasaporte español.
  • Certificado de empadronamiento alemán (Aufenthaltsbescheinigung)
  • Un sobre sellado con su nombre y dirección

¿Es posible perder la nacionalidad española?

La constitución española establece que los españoles por derecho de nacimiento y origen no se les podrá privar de su nacionalidad española, pero eso no quiere decir que no la puedan perder, lo único que establece es que no te la pueden retirar de forma arbitraria, pero si se dan al caso circunstancias legales específicas puedes llegar a perderla (también es posible quedarse sin la nacionalidad española si se renuncia a ella). Una vez aclarado esto, pasemos a comentar casos concretos en los cuales se puede perder la nacionalidad y que están relacionados con la emigración:

  • Cuando se adquiere cualquier otra nacionalidad diferente a la española y no se notifica la no renuncia antes de 3 años, tal y como se ha explicado en el punto anterior.
  • Cuando se trate de un español que ha nacido y reside en el extranjero, de padre o madre nacidos en España, para no perder la nacionalidad española se deberá tener el pasaporte o DNI en regla al cumplir los 18 años. En caso contrario, antes de cumplir los 21 deberán notificar que no renuncian a la nacionalidad española, explicado en el siguiente punto.
  • Cuando se trate de un español que ha nacido y reside en el extranjero, de padres igualmente españoles y nacidos en el extranjero; al cumplir los 18 años deberán tener su pasaporte o DNI español en regla y deberán notificar antes de los 21 años que no renuncian a la nacionalidad española, explicado en el siguiente punto.

No renuncia a la nacionalidad española para los no nacidos en España

En caso de que no seas nacido en España y te veas obligado a solicitar la no renuncia de tu nacionalidad española, la documentación que deberás presentar ante la embajada española es la siguiente:

  • Partida de nacimiento española.
  • Si el nacimiento no estuviera dado de alta en el Registro Civil español, habrá que entregar la partida de nacimiento alemana, así como las partidas de nacimiento literales de los padres.
  • El certificado de nacionalidad alemana si alguno de sus progenitores no es alemán.
  • El certificado de nacionalidad alemana de aquellos progenitores que hayan obtenido la nacionalidad alemana con posterioridad a su propio nacimiento (es decir, cuando alguno de los padres sea alemán nacionalizado).
  • Último pasaporte que se tenga, así como el de sus padres.
  • Documento nacional de identidad alemán así como el de sus padres.
  • Certificado literal de matrimonio de sus padres si dicho matrimonio no está registrado en el Registro Civil español.
  • Libro de familia español en caso de tenerlo.

¿Qué papeles hay que presentar para solicitar la nacionalidad alemana?

Pues habrá que presentar varios, obviamente, que son estos:

  • Certificado de tu nivel B1 de alemán.
  • Certificado de haber aprobado el Einbürgerungstest.
  • Dos fotos biométricas.
  • Pasaporte.
  • Certificado de nacimiento plurilingüe.
  • Acta matrimonial en caso de que queráis optar a la nacionalidad con tan solo 3 años de residencia.
  • Certificado de haber realizado el curso de integración en caso de optar a la nacionalidad con tan solo 7 años de residencia.
  • Certificados de integración en caso de optar a la nacionalidad con tan solo 6 años de residencia.
  • Si estás trabajando, las tres últimas nóminas.
  • Si estás trabajando, un documento que debe rellenar tu empleador con las fechas de inicio y fin del contrato.

¿Y cuanto cuesta?

El precio varía, desde los 255€ de forma habitual, a los 51€ que tiene que pagar un menor sin ingresos propios cuyos padres solicitan dicha nacionalidad.

Bueno, pues creo que eso es todo. ¡Viva España, viva Alemania y viva Mozambique!