Volver a España

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Volver a España es algo con lo que muchos emigrantes cuentan, o al menos, quieren tenerlo en mente. Es como una válvula de escape, ya que siempre ayuda a hacer un poco más llevadera la experiencia de vivir en una patria diferente a la propia, el contar con que algún día se podrá retornar a la tierra que te vio nacer.

Cualquiera que sea la razón que se tenga para volver, una vez tomada la decisión será necesario ejecutar multitud de pasos antes de volver tranquilamente a tierras más cálidas, tal y como los que se explican a continuación.

Obtener la vida laboral

Aunque en principio la comunicación entre los estamentos alemanes y españoles debería hacer innecesario este paso, en todos los organismos oficiales de España recomiendan la solicitud de la vida laboral en Alemania para agilizar los trámites en caso de necesitar solicitar las prestaciones de desempleo en el futuro, por lo que es conveniente no ignorar este paso. Hay que distinguir tres situaciones diferentes:

  • Personas que están cobrando la prestación por desempleo en Alemania cuando se quieren volver a EspañaEn caso de estar recibiendo el paro en el momento de querer trasladarse a España, es posible exportar dicha prestación a España solicitando para ello el formulario PD U2 en la Agentur für Arbeit (Agencia de Empleo alemana). Los detalles sobre los trámites de la exportación de la prestación de desempleo se encuentran detallados en el artículo «El Paro».
  • Personas que han trabajado en Alemania pero no están cobrando la prestación por desempleo. En este caso habrá que acudir también a la Agentur für Arbeit (Agencia de Empleo alemana) para solicitar el formulario PD U1 en el cual constan todos los periodos de cotización en el país en el que se solicita, los cuales serán tenidos en consideración en la Agencia de Empleo de España en caso de solicitar en el futuro una prestación por desempleo.
  • Personas que tan solo han tenido minijobs en Alemania. En este caso no es necesario solicitar ningún tipo de vida laboral, ya que los minijobs por desgracia no cotizan en el seguro de desempleo alemán.

Hay que aclarar un punto con respecto al cobro del paro una vez que se vuelve a España, ya que tal y como se deduce de lo explicado aquí, los tiempos cotizados en Alemania cuentan como si fueran tiempos cotizados en España, pero ojo, solo a los efectos de si se ha trabajado el mínimo de tiempo para tener derecho a cobrar el paro y durante cuanto tiempo se tiene derecho a cobrarlo. A la hora de calcular el importe que se va a cobrar, estos tiempos cotizados en Alemania NO CUENTAN. Es decir, si por ejemplo se trabaja en España durante 3 meses, luego se trabaja en Alemania durante 7 años y posteriormente se trabaja en España durante 3 meses más, se tendrá derecho a cobrar el paro en España durante 2 años (el máximo), pero para el cálculo del importe solo se tendrán en cuenta los 6 meses cotizados en España.

Baja consular

En caso de haberse registrado en la embajada española correspondiente a la ciudad de residencia en Alemania, será necesario notificar la vuelta a España. Esta baja deberá realizarse en persona en la embajada o a través de un Consulado o Viceconsulado Honorario. Dicho trámite es relativamente sencillo, siendo tan solo necesario acudir con la identificación personal (pasaporte o documento nacional de identidad), una fotocopia de dicha documentación así como rellenar y entregar el impreso de solicitud de baja que se puede encontrar aquí y automáticamente se obtendrá  la baja.

Si la solicitud de baja es para un menor, no será necesario que acuda personalmente a la embajada, pero si su tutor legal, aportando además de la documentación del menor, la suya propia.

Como nota importante, hay que mencionar que si al año siguiente de haberse dado de alta en el consulado no se comunica la continuidad de la residencia en el extranjero, se realiza de forma automática una baja de oficio.

Recuperar la nacionalidad Española

En caso de que se solicitara la nacionalidad Alemana pero no la preservación de la española, es probable que se haya perdido, en cuyo caso es posible recuperarla realizando un sencillo trámite en Alemania o en España, aunque habrá que cumplir los siguientes requisitos para poder conseguirlo:

  • Residir legalmente en España o ser emigrante (o hijo de emigrante) no residente en España.
  • Solicitar la recuperación de la nacionalidad española en el Registro Civil en caso de vivir en España, o bien en la embajada correspondiente en caso de estar residiendo en el extranjero.
  • Dar de alta dicha recuperación en el Registro Civil en caso de vivir en España o en el Registro Civil de la localidad que indica la partida de nacimiento en caso de estar residiendo en el extranjero..

Una vez realizados los tres pasos indicados, se volverá a obtener la nacionalidad española.

Para aquellas personas que no sean españolas de origen pero habiendo obtenido la nacionalidad española con anterioridad la hubieran perdido, también pueden solicitar recuperarla, aunque esto no será posible en los siguientes casos salvo concesión explícita del gobierno español:

  • Aquellos que la hayan perdido por haber usado exclusivamente durante un periodo de tres años la nacionalidad a la que se renunció cuando se adquirió la española.
  • Aquellos que la hayan perdido por haber entrado voluntariamente en el servicio militar o por haber ejercido algún cargo político en un país extranjero habiendo una prohibición explícita del gobierno español.
  • Aquellos que la hayan perdido a causa de una una sentencia firme judicial que establece que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

Desempadronarse

Para que quede bien documentada la salida del país y poder así justificar la baja de determinados servicios ya sean privados o públicos (como el seguro médico o el impuesto de la tele) es necesario realizar el proceso de Abmeldung o eliminar el empadronamiento en el municipio de residencia. Para ello se deben seguir prácticamente los mismos pasos que a la hora de empadronarse, ya que ambos procesos se realizan en los mismos organismos.

Darse de baja del impuesto de la tele (Rundfunkbeiträge)

Se supone que al darse de baja del padrón del domicilio actual, automáticamente deberían cursar la baja del impuesto de la tele, pero la realidad es que hay veces que tardan un poco más de la cuenta en «enterarse», por lo que conviene cursar dicha baja de forma personal. Para ello tan solo es necesario hacerlo en la web oficial a través de este enlace

Darse de baja del seguro sanitario (Krankenkasse)

En caso de volver a España sin haber exportado el paro, será necesario tramitar la baja del seguro médico (Krankenkasse), ya que en caso de no hacerlo se seguirán emitiendo recibos por este servicio. Este trámite varía en función de la aseguradora, pero en casi todas ellas será necesario mandarles una copia del Abmeldung (desempadronamiento) y el formulario E104 (o cualquier documento equivalente expedido por la Seguridad Social española), el cual demuestra que se tiene cobertura sanitaria en España.

Notificación al seguro de pensiones 

También será necesario notificar al organismo de pensiones alemán (Deutsche Rentenversicherung) la nueva dirección en España, de forma que sean capaces de hacer llegar cualquier tipo de comunicación relativa a la posible pensión a la cual se puede tener derecho. Más información sobre los requisitos a cumplir para cobrar una pensión alemana se encuentra en el artículo «La jubilación«.

Obtener certificados de estudios

En caso de haber finalizado algún tipo de estudio superior o de formación profesional en territorio Alemán, será necesario pedir los títulos y certificados académicos o justificantes de practicas profesionales correspondientes en caso de que no se tengan, ya que podrían ser necesarios para realizar algún tipo de homologación de dicha formación en España.

Dejar el trabajo y obtener un certificado de competencia laboral (Arbeitszeugnis)

En caso de tener un trabajo, será conveniente dejarlo, tal y como se ha explicado en la entrada «Dejar el trabajo» obteniendo del último empleador un certificado de competencia laboral, en el cual se acredita no solo el tiempo trabajado, sino también las tareas desarrolladas y el grado de satisfacción que tiene la empresa con el trabajo realizado por el empleado. Dicho certificado podría ser útil tanto en la búsqueda de un trabajo en España como en Alemania en caso de volver.

Desvío de correo

Conviene contratar un servicio de desvío del correo para que la Deutsche Post reenvíe todas las cartas a una nueva dirección. Este servicio tiene un coste diferente en función del tiempo que se quiera tenerlo activado y todos sus detalles están explicados en la entrada «Mudarse a una nueva casa«

Carnet de conducir 

En caso de poseer un carnet de conducir expedido por Alemania, no será necesario cambiarlo por su equivalente español, y podrá seguir usándose hasta la fecha de caducidad indicada en dicho documento, por lo que no es necesario realizar ningún tipo de trámite al respecto.

Cancelación de contratos

Obviamente será necesario cancelar todos aquellos contratos que se tengan activos, respetando sus periodos de preaviso y sus posibles compensaciones por no respetar los compromisos de permanencia, es decir, un caso muy normal en los contratos de Internet para el hogar es tener contratos anuales de renovación automática con preaviso de cancelación trimestral. En caso de querer dar de baja dicho contrato con antelación habrá que pagar una cantidad establecida por contrato.

Cuentas bancarias

Es posible cerrarlas con antelación o mantenerlas, a gusto de su dueño, pero en caso de mantenerlas será necesario incluirlas en cada declaración anual de impuestos que se realice en España. Lo más recomendable es mantener abierta al menos una de ellas durante un tiempo prudencial (entre tres y seis meses), ya que así será posible recibir en dicha cuenta los abonos o cargos correspondientes a los servicios contratados en Alemania y que se cancelan al salir del país.

Dar de baja el vehículo

Si se tiene en propiedad un vehículo en territorio alemán debidamente registrado y matriculado, será necesario rematricularlo en España. Para ello habrá que seguir estos pasos:

  • Pasar la ITV en España con independencia de la última TÜV o DEKRA que tenga el vehículo. Este proceso tiene el mismo coste tenga una matrícula española o alemana (unos 50€).
  • En caso de haber comprado el vehículo en un plazo máximo de seis meses con anterioridad al traslado, será necesario pagar el IVA del vehículo, a través de los modelos 300 o 309.
  • Abonar el impuesto de circulación municipal.
  • Dar de alta el coche en la Jefatura Provincial de Tráfico presentando toda la documentación necesaria y pagando la tasa de matriculación (unos 100€).
  • Adquirir las matrículas una vez obtenido el registro anterior (unos 25€).
  • Solicitar la baja del vehículo en Alemania, entregando las matrículas alemanas.
  • Dar de baja el seguro alemán del vehículo.

Un último apunto al respecto. En caso de que tu desplazamiento a España sea para quedarte, es decir, que no tengas una fecha de vuelta a Alemania, el plazo máximo que tienes para circular con tu vehículo por nuestra tierra es de 11 semanas. Hay un poco de confusión al respecto de estos plazos, ya que existe una ley europea por la cual se permite un plazo de circulación de hasta un máximo de 6 meses en caso de desplazamientos temporales por territorio europeo, y ahí está la confusión, esta ley está hecha para desplazamientos TEMPORALES, no aplica en caso de trasladarte a un país para vivir en él sin fecha de regreso.

Si ya habéis conseguido realizar todos estos pasos y estáis en España de vuelta… ¡suerte y disfrutar del buen tiempo!